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viernes, 10 de febrero de 2012

lla Ley de Consulta Previa no rige para el TIPNIS está visto que la CPE no vale, ni siquiera el art. 33 que proclama el derecho al medio ambiente saludable, protegido y equilibrado

Hace tres años que la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional y el Gobierno central sancionaron y promulgaron, respectivamente, tras un periplo signado de graves enfrentamientos (recordemos los luctuosos sucesos de La Calancha, en Sucre) la Constitución Política del Estado en actual vigencia,  cuyas partes dogmáticas y desarrolladas eran asociadas por el oficialismo a la apertura de puertas  a un supuestamente venturoso porvenir nacional.
Tras un pomposo prólogo recordatorio de “tiempos inmemoriales” en que “se erigieron montañas, se desplazaron ríos, se formaron lagos” y “nuestro altiplano, nuestros valles y llanos se cubrieron de flores y verdores”, la Carta Magna define a Bolivia como “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, descentralizado y con autonomías”, rasgos a los que agrega los de la “pluralidad y el pluralismo político”.
El  Capítulo Cuarto sobre “Derechos de las Naciones y Pueblos Indígena-originario campesinos” reconoce a estas parcialidades el derecho a ser consultados  respecto a medidas  gubernamentales que afecten su hábitat, como la construcción de carreteras sobre sus territorios o la explotación de sus recursos naturales. Todo esto concuerda de forma tácita con el art. 33 del Capítulo Quinto que  reconoce en favor de todos los bolivianos el “derecho a un medioambiente saludable, protegido y equilibrado”.
Respecto a los referidos postulados y a otros de la parte orgánica de la nueva Constitución corresponde preguntarse si a tres años de vigencia de la misma se avanzó o no en los cambios planteados solemnemente.
Lo del pluralismo político alude a la coexistencia pacífica de oficialistas y opositores, entendimiento que solo es posible a través del  diálogo y recíprocas concesiones. No ocurre nada de esto. Lo que predomina es una permanente confrontación. La promueve el Gobierno, no solo a través de acometidas retóricas, sino con acciones procesal-penales contra sus principales adversarios, cuyo fragor alcanza cada vez mayor intensidad.
Lo del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis) es un caso elocuentemente indicativo de que eso de una  ‘consulta previa’ no rige para los pueblos indígenas del país que no se alinean con el oficialismo. A los que viven en la parte central del parque  se les niega el derecho que les reconoce el Capítulo Cuarto de la Constitución en el marco de la autonomía de la que constitucionalmente gozan.
Los cambios se han registrado mayormente en el espacio de los operadores políticos, donde hacen mayoría autoridades de origen nativo. Pero en los demás espacios institucionales o todo se halla a medio camino o no se avanzó ningún paso. Y cuando finalmente se inicia la caminata, los escollos amenazan con detenerla o, por lo menos, demorarla. Es lo que actualmente ocurre con la compleja y confusa readecuación del currículo escolar con todo aquello que constitucionalmente se refiere al multiculturalismo.
A medio camino, por cierto, en medio de crecientes riesgos e insalvables obstáculos. Así se observa, lamentablemente, el proceso de readecuación del país a los postulados de la nueva CPE.

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